El término “buylling” fue acuñado para describir un fenómeno
específico de violencia entre pares en el contexto escolar. La teoría que lo
sustenta distingue una persona agredida, un grupo agresor con líderes, y
espectadores silentes. Aunque las formas de agresión pueden incluir las
físicas, psicológicas (verbales y no verbales), virtuales y de connotación
sexual, su principal efecto es psicológico, pues aísla a la persona agredida.
Estas interacciones se explican principalmente desde los roles de los actores y
la (falta de) habilidades sociales. Las estrategias implican cambiar la
conducta de agresores, involucrar a espectadores y dotar de una mejor red de
protección a la persona agredida.
Este análisis sería válido en un contexto donde los
estudiantes son bastante homogéneos entre sí, como las escuelas públicas
estadounidenses donde los distritos segregan a los estudiantes en las escuelas de
acuerdo con sus características socio económicas, e incluso raciales. Pero,
incluso allí, han emergido causas subyacentes por desigualdades horizontales
como el género, la orientación sexual, la identidad de género, la procedencia,
condiciones de discapacidad e identidades étnico-raciales y culturales.
En un país fragmentado como Perú las violencias se explican principalmente por estas desigualdades, incluidas las de clase, por más mínima que esta sea, como vivir dos cuadras más arriba, o tener una mochila más nueva. Es decir, hablamos de violencia basada en género (hacia la mujer, homofobia y transfobia), violencia racista (discriminación étnico racial, racismo y xenofobia, mezclado con clasismo) y en tercer lugar, violencia hacia las diferencias (condiciones de discapacidad, gordofobia, etc.)
El Ministerio de Educación cuenta con Lineamientos de Convivencia Escolar (DS 004-2018-MINEDU) y protocolos actualizados (RM 274-2020-MINEDU) con alcance a escuelas privadas, que se fundamentan en la Ley N° 2018, “Ley que promueve la Convivencia sin Violencia en las Escuelas”. Además, se tiene el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas (DS 005-2021) y una guía para los reglamentos escolares, también del año pasado.[1]Es importante resaltar que el Ministerio de Educación sí
tiene rectoría sobre las escuelas privadas en temas de convivencia y violencia
escolar, tanto si es entre pares, como de personal de las IIEE, y además tienen
un procedimiento específico si detectan que alguien de la comunidad educativa,
en especial un estudiante es víctima de violencia en el hogar u otro espacio
fuera de la escuela.
Indecopi no debiera ser la primera opción. Pensar en
Indecopi como mediador es comparar la educación y la violencia que en ella
acontece con una lata de leche. El derecho a la educación merece ser tratado
como tal, y las entidades privadas y empresas que no cumplan este derecho, merecen
ser sancionadas por el ente rector y en el ámbito penal, si el caso lo amerita,
por ejemplo en los delitos de violencia contra la mujer, los delitos contra la
libertad sexual, los delitos contra la integridad física y la vida, y el delito
de discriminación.
Aunque se ha avanzado a nivel normativo, poco se ha hecho desde la cultura escolar y desde la sociedad para explicar y combatir las raíces del problema, que se pueden resumir en:
- Reproducción de las violencias estructurales y la creciente intolerancia al pensamiento diverso del país, y
- Secuelas de la cuarentena, la peruana, la más prolongada para las infancias en el mundo.
Se requiere un análisis crítico y construcción de ciudadanía
para que el estudiantado deje de reproducir las violencias estructurales y de ejercer
discriminación a sus docentes, y para que las personas adultas a su cuidado les
traten como titulares de derechos, y se termi
ne con la cultura del maltrato
infantil, el machismo, el sexismo, la homofobia, la transfobia, la pedofilia y
la efebofilia[2].
Pero el Congreso de la República se opone a ello con su Proyecto
de Ley N° 904, que busca censurar los materiales educativos orientados a formar
ciudadanos y ciudadanas respetuosos de la democracia y del estado de derecho.
Es decir, que respeten los derechos de las demás personas, cumplan con el
Estado y la sociedad, a la vez que defiendan sus propios derechos.
No solo el Ministerio de Educación debe hacer valer su
rectoría sobre los materiales, sino el Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables, pues se vulneran políticas promovidas por sus dos viceministerios.
Desde el VM de la Mujer peligran la Política
Nacional de Igualdad de Género y el Plan
Nacional contra la Violencia de Género. Desde el VM de Poblaciones
Vulnerables peligra la Política Nacional
Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes.
Estas políticas deben prevenir las violencias en las
infancias, en especial las basadas en género, pero también es sustancial la
lucha contra el racismo desde la Política
de Interculturalidad y la recién aprobada para el Pueblo
Afroperuano (MINCUL), como del Plan
de DDHH (MINJUS). La promoción de un
pensamiento único podría invisibilizar nuestra diversidad y frenar los
esfuerzos en la lucha contra la discriminación étnico-racial, el racismo, y la
xenofobia.
* * * *
Desde la postpandemia, es clave entender que las y los
estudiantes han enfrentado diversas pérdidas y han retornado con duelos no
resueltos, y con una deficiencia en el entrenamiento de habilidades sociales
por la limitada interacción en dos años. ¿Imaginan un estudiante en fase de ira
cuya familia culpa a una facción estereotipada de la población, encontrarse con
otro estudiante en fase de tristeza que cumple con esos estereotipos? Es
explosivo, y esa explosión, viene dándose a nivel mundial, y no somos ajenos.
Se veía venir, y por eso el Ministerio de Salud hizo un
esfuerzo extraordinario desplegando los Centros de Salud Mental Comunitarios[3],
pero si estigmatizamos la consulta psicológica, de poco sirve. Además, la
cobertura sigue siendo limitada, las acciones de promoción y prevención de la
salud mental en coordinación con las escuelas es absolutamente insuficiente.
¿Nos preocupan las infancias? Aquí tres acciones:
- Fortalezcamos rectoría del Ministerio de Educación, Direcciones Regionales y Unidades de Gestión Educativa Local en temas de violencia escolar, en los ámbitos público y privado, y en las tres modalidades de educación básica.
- No permitamos la aprobación del Proyecto de Ley 904. El Ejecutivo debe observarla desde los peligros que representa y la rectoría del Ministerio de Educación y del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
- Desestigmaticemos la salud mental y normalicemos la consulta psicológica, psiquiátrica y neurológica, fortaleciendo las acciones promocionales y preventivas.
[1] Estas normas como la guía se encuentran disponibles en
el portal de SíseVe del Minedu: www.siseve.pe
[2] La pedofilia se refiere a la atracción hacia niños y
niñas, generalmente pre-púberes, mientras la ebofilia se refiere a la atracción
hacia adolescentes, esta última suele ser menos criticada socialmente, aunque
se siga tratando de personas en etapa de desarrollo, con limitaciones en la
toma de decisiones.
[3] Puedes encontrar el CSMC más cercano consultando el
directorio: https://www.app.org.pe/pdf/DIRECTORIO_CSMC.pdf
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