¿Derecho contra derecho? O por qué el serenazgo puede pegarle a las trabajadoras sexuales y las rondas campesinas no
Dicen que la prostitución es el oficio más antiguo,
y aunque más antigua es la agricultura, ciertamente desde que la humanidad
empezó a organizarse en conglomerados más grandes, denominados ciudades o
metrópolis, surgió el intercambio de sexo por dinero. Sin embargo, debemos
precisar que también desde el inicio, la prostitución ha estado íntimamente
vinculada a la explotación y esclavización de mujeres, tanto, que casi son
sinónimos, y son excepcionales los casos en que se ejerce en total libertad y
sin estar vinculado a pobreza o adicción.
Las trabajadoras sexuales son mujeres con los
mismos derechos que el resto de personas, que desarrollan una actividad
económica que no es delito en nuestro país, aunque se mantiene gracias a la
ideología machista. Las trabajadoras sexuales suelen estar en uno de los
escalones más bajos de la sociedad y sufren discriminación acumulada por su
condición de mujer, de pobreza, del trabajo que ejercen, y a ello se le suma en
ocasiones la edad, vivir con VIH, o su identidad de género en el caso de las
travestis y transexuales. Esta posición hace que prácticamente se les niegue el
derecho a tener familia, siendo por lo general explotadas por sus parejas, y
uno de los insultos más duros y frecuentes es decirle a alguien “hijo de puta”.
¿Qué hace entonces que algunos periodistas salten a
denunciar un hecho de violencia contra quienes están en el último escalón de la
sociedad?, ¿qué hace que quienes no tienen muchos reparos en comercializar con
la imagen de la mujer, ahora recuerden que también las trabajadoras sexuales
tienen derechos?, y ¿por qué nunca hubo esa denuncia ni esa indignación frente
a los casos cotidianos de violencia física de miembros de la policía y
serenazgo a trabajadoras sexuales?
Las rondas campesinas son una forma de ordenamiento
y control propia de muchos pueblos andinos. Son parte de esa organización y
cultura característica que de acuerdo al Convenio OIT 169 hacen que un pueblo
pueda ser considerado originario, y al ser una forma de aplicación de justicia
conforma parte del derecho consuetudinario. No digo que por ello sean buenas y
haya que aceptarlas, personalmente creo que debemos caminar hacia formas de
administración de justicia más humanas que la pena de muerte en países como
EEUU o las redes de corrupción que imperan en nuestro país. Ellos tienen el
derecho a preservar su cultura, tanto como las mujeres a su integridad física.
Situaciones así merecen un análisis más profundo del que se le está dando.
Cuando un rondero ejecuta un castigo físico, que
está contemplado en sus funciones, nos asombramos, pero nos parece normal que
un sereno haga lo mismo, aunque contravenga sus funciones. Ello es porque reconocemos la autoridad que
representa el sereno, pero no la del rondero; pero yendo más allá, es porque aunque
la prostituta está en uno de los últimos escalones, los pueblos indígenas y sus
patrones culturales, siguen un paso más atrás para muchos.
Saludaría si la crítica fuera siempre hacia el
machismo y trabajásemos en la deconstrucción de prácticas violentas, sin
embargo, el que la indignación no se produzca frente a otros casos, hace dudar
que sean la violencia y el machismo lo que se objeta, como si esto fuera
exclusividad de los ronderos, o de repente no les molesta que las golpearan,
sino que fuera “tanto”. Pero nuestra sociedad es de “todos contra todos”, hay
quienes sí respaldan la acción de los ronderos y los colocan un peldaño encima
de las trabajadoras sexuales. Suelto una última hipótesis, y es que todo
depende de si uno es más racista que machista, o más machista que racista, y el
que esté libre de prejuicio que tire la primera piedra.
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